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Todas deberíamos conocer a Olimpia

La Ley Olimpia: aquí te platicamos de qué va y por qué es un avance importante en los derechos humanos.

Fuente | Nancy Martínez, columnista sexperta, apasionada de la escritura y el chocolate. Maestrante en Consejería y Educación de la Sexualidad.

La reproducción de imágenes con contenido sexual sin el consentimiento de uno de los involucrados es ahora un delito. 

Olimpia Coral Melo tenía 18 años cuando comenzó la pesadilla. En su natal pueblo, Huauchinango, el video en el que salían ella y su novio, con el que llevaba seis años, se había viralízado.

Su novio, que no se alcanzaba a apreciar en el video, le juró y perjuró que no lo había divulgado, pero el daño ya estaba hecho.

Todos la reconocían en las calles como ‘la gordibuena de Huauchinango’. Sí, ‘gordibuena’, el apodo que a muchas mujeres con curvas nos han colgado para describirnos.

Su pareja, negó a todo el mundo que él era la persona con la que ella estaba, pues ‘le daba vergüenza’. Un periódico local, incluso, sacó una portada con su cuerpo y la señalaba como una chica con futuro, pero quemada en redes sociales.

Ante esta situación, Olimpia se encerró en su casa durante ocho meses e intentó quitarse la vida en tres ocasiones. El acoso, las intimidaciones y los señalamientos la superaban. Era demasiado. 

Un domingo, durante una reunión familiar, su hermano de 14 años mostró el video a todos y aseguraba que, efectivamente, la protagonista era Olimpia. Su mamá se puso a llorar. Olimpia rompió en llanto, rogó a su mamá por perdón, les pidió a todos que la ayudaran a morir.

Su mamá, una mujer con estudios de secundaria, fue el genio salvador y pieza clave para que Olimpia saliera de la depresión en la que se había sumergido. En una ocasión se acercó, le levantó la cabeza y le dijo:

Todas cogemos. Tu prima coge, tu hermana coge y yo también. La diferencia es que a ti te ven coger. Eso no te hace una mala persona o una delincuente. Tú sólo disfrutaste tu vida sexual, como lo hace cualquier persona, y hay una prueba de eso. Vergüenza sería que hubieras robado o matado. Incluso maltratado a un perro.

Estas sabias palabras de su madre empoderaron a Olimpia e hicieron que estudiara más sobre el tema, reconociera la violencia de la que había sido víctima y escribiera una iniciativa de ley. Sí, así como lo leen.

Esta valiente mujer levantó la voz por toda las que en algún momento hemos sido víctimas de ciberacoso y violencia digital, algo tristemente común en nuestros días.

Pero, ¿por qué es tan común?

Porque se escudan ante el anonimato de las redes. Porque los agresores creen que tienen poder sobre las víctimas al difundir sus imágenes sin su consentimiento. Porque a las mujeres se les victimiza, se les señala y se les acusa por haberlo hecho. Porque se cree, una vez más, que una mujer que vive una sexualidad plena y libre es digna de una sanción.

#LoVirtualEsReal

Olimpia acudió al Ministerio Público a levantar la denuncia, pero el oficial que la atendió simplemente se burló de ella y le dijo que, al no estar borracha, drogada ni haber sido violada, no había delito según el Código Penal.

¡La violencia que había sufrido Olimpia no era válida para las leyes de aquel entonces!

Olimpia se reunió con más mujeres, con las que formó el Frente Nacional para la Sororidad y que habían sido víctimas de delitos similares, y buscaron que se reconociera la violencia sexual cibernética.

Algunos diputados se mostraron en contra de esta ley pues aseguraban que avalaba la putería y no fue hasta 2018 que se aprobó la reforma de delitos contra la intimidad sexual en el código penal.

¿En qué consta la ley?

Básicamente son tres reformas:

  1. Se reconocen los delitos contra la intimidad, o sea, se penaliza la difusión de contenido íntimo sin consentimiento, como en el caso de Olimpia.
  2. El ciberacoso, que es violencia sexual en internet, del cual yo, la que esto escribe, he sido víctima por escribir sobre cuestiones sexuales, he recibido amenazas del tipo ‘o aflojas o te violo’.
  3. La ley de acceso que va dirigida a las instituciones para que hagan consciencia sobre cuáles son los derechos sexuales, cómo es la violencia que se ejerce contra estos derechos y la importancia de su deber para dárselos a conocer a los ciudadanos.

Actualmente está aprobada en 15 estados, los cuales son: Baja California Sur, Coahuila, Zacatecas, Nuevo León, Guanajuato, Querétaro, Tlaxcala, Veracruz, Yucatán (impulsada por Ana Baquedano), Chiapas, Oaxaca, Guerrero, Puebla, Estado de México y Aguascalientes.

Entonces, ¿El sexting no es un delito?

Por supuesto que no. El sexting es una manera de ejercer la sexualidad de una manera libre y consensuada.

El compartir imágenes sexuales forma parte también del juego previo en una pareja y es una manera de prender la mecha para lo que viene después. Nada que deba hacer sentir culpable a quienes lo practican.

Pero eso sí: compartir esas imágenes sin el consentimiento de alguna o alguno de los involucrados sí es delito.

Ante esto, entrevistamos a Aleida Hernández Cervantes, investigadora de tiempo completo del Centro de Investigaciones Interdisciplinarias en Ciencias y Humanidades de la UNAM. Una de sus líneas de investigación son los derechos humanos de las mujeres desde una perspectiva feminista y nos platicó lo siguiente:

‘Este tipo de marco jurídico ayuda a que las mujeres se sientan seguras. Hay que aclarar que no resuelve todo, lo que permite es dejar la culpa en el terreno de quien llevó a cabo la reproducción de las imágenes sin el consentimiento de la otra persona. Ahora es a él a quien volteamos a cuestionar, la ley lo pone en el centro de la responsabilidad, en vez de la víctima. La ley está protegiendo el libre desarrollo de la personalidad y la sexualidad de las personas’.

Además, Aleida nos dijo que la clave aquí está en el consentimiento: ‘el libre desarrollo de una mujer está en función del consentimiento. Si no lo hay, impera el delito’.


Otra de las cuestiones a resaltar de la Ley Olimpia es lo siguiente: ‘si bien no es a nivel federal, se está avanzando en la materia, pues es un delito del fuero común.

Es un marco jurídico que inaugura la protección de espacios que antes no se protegían. La centralidad de los medios y redes digitales no estaban antes, los marcos jurídicos no los contemplaban antes porque no había esa proliferación de estos medios digitales. Es un buen avance en la protección de derechos, medios y espacios que antes no se tenía’.

Aleida enfatizó en que enviar fotos con contenido sexual a una persona no es un delito, sino el hacerlas públicas sin el consentimiento de la otra persona, pues al hacerlo: ‘se hace para afectar a la persona, para exhibirla, exponerla, convertirla en objeto de ataques, burlas y agresiones. Pone en mayor vulnerabilidad a esa persona’.

¿Alguna vez han compartido imágenes tuyas o conoces a alguien? Platícanos en los comentarios del Foro de Hablemos de Sexo y Amor .

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